Sanciones y faltas

Sanciones y faltas

Es muy importante recurrir cada sanción

Para evitar un posible despido posterior basado en la acumulación de faltas. El plazo es de 20 días hábiles desde que se recibe la carta.

¿Qué son las sanciones y faltas laborales?

Las sanciones laborales se producen como consecuencia de falta laboral por incumplimiento culpable de las obligaciones laborales del trabajador.

Las faltas se califican de leves, graves y muy graves. Las muy graves pueden llegar incluso a provocar el despido. Las faltas prescriben a los 10 días las leves, a los 20 la graves y a los 60 las muy graves, según el E.T. Estos plazos pueden ser menores, según el convenio aplicable, pero nunca mayores.

Jamás supondrán multas económicas ni reducción de vacaciones.
Las faltas y sus correspondientes sanciones siempre deben ser comunicadas por escrito en el caso de las graves y muy graves, indicando la fecha de cumplimiento de la sanción y los hechos.

Sanciones trabajo abogados | Freno al Despido | Abogados de despidos

Es muy importante recurrir cada sanción para evitar un posible despido posterior basado en la acumulación de faltas. El plazo es de 20 días hábiles desde que se recibe la carta. Este plazo se verá interrumpido por la presentación obligatoria de la Papeleta de Conciliación.
La empresa es quién tiene la carga de probar los hechos. Si necesitas asesoramiento laboral en este tema, ¡no dudes en contactarnos!

Es muy importante recurrir cada sanción

Para evitar un posible despido posterior basado en la acumulación de faltas. El plazo es de 20 días hábiles desde que se recibe la carta.

¿Qué son las sanciones y faltas laborales?

Las sanciones laborales se producen como consecuencia de falta laboral por incumplimiento culpable de las obligaciones laborales del trabajador.

Las faltas se califican de leves, graves y muy graves. Las muy graves pueden llegar incluso a provocar el despido. Las faltas prescriben a los 10 días las leves, a los 20 la graves y a los 60 las muy graves, según el E.T. Estos plazos pueden ser menores, según el convenio aplicable, pero nunca mayores.

Jamás supondrán multas económicas ni reducción de vacaciones.
Las faltas y sus correspondientes sanciones siempre deben ser comunicadas por escrito en el caso de las graves y muy graves, indicando la fecha de cumplimiento de la sanción y los hechos.

Es muy importante recurrir cada sanción para evitar un posible despido posterior basado en la acumulación de faltas. El plazo es de 20 días hábiles desde que se recibe la carta. Este plazo se verá interrumpido por la presentación obligatoria de la Papeleta de Conciliación.
La empresa es quién tiene la carga de probar los hechos. Si necesitas asesoramiento laboral en este tema, ¡no dudes en contactarnos!

Es muy importante recurrir cada sanción para evitar un posible despido posterior basado en la acumulación de faltas. El plazo es de 20 días hábiles desde que se recibe la carta. Este plazo se verá interrumpido por la presentación obligatoria de la Papeleta de Conciliación.
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