Justificantes médicos, ¿qué son?
Lo que debes saber sobre la excedencia por el cuidado de los hijos

El contrato de alta dirección es distinto a un contrato de un trabajador con menor rango, se trata de un contrato especial y así está recogido en el Estatuto de los Trabajadores, en el artículo 2, donde hace referencia a las relaciones laborales especiales. Una persona que ocupa un cargo de directivo en una empresa tendrá más responsabilidades y necesitará más poder de decisión que otro tipo de trabajador.

En el contrato de alta dirección se otorga al directivo autonomía propia en algunos aspectos referentes a la empresa para poder tomar las decisiones más adecuadas en cada momento. Un directivo puede serlo de una filial de una empresa cuya sede se encuentra en otro país, por lo que será necesario que la persona que dirige la delegación pueda tomar decisiones relacionadas con su cargo.

Este tipo de contratos pueden ser de duración determinada o indefinidos, pudiendo el directivo finalizar su relación laboral con la empresa. Por su parte, también es posible que la empresa dé por terminada la relación, bien por finalización del contrato o bien por otras causas que, dependiendo del caso, deberá justificar. Si es por causas no justificadas, deberá avisar del despido con tres meses de antelación si la duración del contrato es menor a cinco años.

En caso contrario, o si es indefinido, el aviso tendrá lugar seis meses antes. Un directivo también puede ser despedido por causas disciplinarias, del mismo modo que cualquier trabajador.

¿Cuáles son las características de un contrato de alta dirección?

  • Las condiciones laborales de un alto directivo se rigen por lo pactado en el contrato de trabajo y por el Real Decreto 1382/1985, que regula la relación laboral de carácter especial.
  • Puede regirse por el Estatuto de los Trabajadores si así es pactado mediante contrato o por causas derivadas de situaciones judiciales.
  • Con respecto al Régimen de la Seguridad Social, la relación laboral será la de un trabajador por cuenta ajena, con las mismas obligaciones y derechos que cualquier otro trabajador.
  • Cuando un alto directivo pase a ser también miembro ejecutivo del órgano de administración de la empresa se tratará de una relación mercantil, por lo que será necesario estar dado de alta como autónomo.
  • Un alto directivo no puede tomar decisiones sobre la organización de la empresa.
  • En caso de despido, si no está pactado ningún acuerdo al respecto en el contrato y si la relación laboral no se rige por el Estatuto de los Trabajadores, la empresa indemnizará a la persona que ostenta el cargo de alta dirección con el equivalente a 7 días de salario por año trabajado con un máximo de 6 mensualidades.

Requisitos de un contrato de alta dirección

  • Si bien una persona que ostenta un cargo de alta dirección puede tener más autonomía en sus horarios y tiempo de trabajo, estos deberán quedar estipulados en el contrato.
  • Será necesaria la identificación de ambas partes.
  • El tiempo de duración del contrato. También puede tratarse de un contrato de prueba.
  • La finalidad del contrato de alta dirección.
  • La retribución acordada.

Un cargo de alta dirección también se puede conseguir ascendiendo en la empresa. Cada ascenso deberá tener un contrato nuevo y para tomar decisiones al respecto siempre es conveniente contar con la ayuda de expertos laboralistas.

Leave A Comment

Últimas entradas del blog

VER BLOG
  • Continue reading
  • Continue reading
  • Continue reading
  • Continue reading