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El 11 de mayo de 2021 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Ley Rider, que entrará en vigor el 12 de agosto de 2021. La ley de riders y los repartidores es un tema que ha preocupado al Gobierno, a los empresarios y a los trabajadores falsos autónomos. Estos son aquellos que, trabajando para una empresa, siguen sus horarios y utilizan sus herramientas. Sin embargo, se ven obligados a darse de alta como autónomos, no teniendo de esta forma los mismos derechos que los trabajadores asalariados por la empresa.

En febrero de 2021 en España había 3.262.255 trabajadores dados de alta como autónomos. Aunque la ley de riders se ha creado especialmente para los repartidores que trabajan a través de plataformas digitales entregando pedidos de comida u objetos de empresas como Glovo, por ejemplo, llegará a afectar a otros trabajadores considerados como falsos autónomos, figura ilegal en nuestro país.

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¿Cómo afecta la ley de riders a los repartidores?

Cuando entre en vigor la ley de riders, las empresas deberán contratar a los repartidores que trabajan para ellas. Hay diversidad de opiniones entre los mismos repartidores ante esta decisión. Para algunos de ellos les es favorable pues de esa forma pueden elegir sus horarios y conciliar su vida privada con su trabajo.

Por otra parte, las empresas avisan de que se perderán puestos de trabajo si deben contratar a muchas personas, pues no lo podrán asumir. Desde ese punto de vista, la ley de riders puede ser tan beneficiosa como perjudicial para los repartidores. En un comunicado, la Asociación de Plataformas de Servicios bajo demanda (APS), indicó que “la nueva regulación podría afectar al desarrollo digital en España”.

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El día que se aprobó la Ley Rider en el Consejo de Ministros, las organizaciones APRA y Repartidores Unidos convocaron manifestaciones en diez ciudades de España protestando por la modificación del Real Decreto Ley pues opinan que las nuevas medidas podrían hacer que más de 15.000 repartidores perdiesen su empleo.

Derechos y obligaciones de los repartidores con la ley de riders

Al pasar a ser trabajadores asalariados, los repartidores tendrán los mismos derechos que el resto de los trabajadores de la empresa como vacaciones, un sueldo, bajas, derecho al subsidio por desempleo si han cotizado los días suficientes, finiquito en caso de despido, etc. También la empresa deberá informar a los representantes de los trabajadores sobre los algoritmos que utilizan. Esto servirá para planificar su trabajo o tomar decisiones que les afecten directamente.

Las obligaciones de los repartidores que trabajan para plataformas digitales serán las mismas que las de cualquier otro trabajador asalariado, debiendo cumplir con su contrato de trabajo, con las normas que dicte la empresa y la legalidad vigente. Las empresas, del mismo modo que los trabajadores, están protegidas por las leyes.

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