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Ningún trabajador está obligado a permanecer en una empresa, aunque el contrato de trabajo no haya finalizado. Del mismo modo que la empresa puede rescindir el contrato de forma unilateral, el trabajador también puede hacerlo. Sin embargo, antes de tomar la decisión, es necesario pensar en las opciones, ya que también puede solicitar una excedencia.

En el caso de que haya tomado la decisión firme de abandonar la empresa, puede hacerlo de dos formas: a través de una carta de despido voluntario o con un abandono tácito del puesto de trabajo.

Formas de abandonar una empresa

Freno al despido | Abogados de despidos y derecho laboral | Carta de despido voluntario

El abandono tácito se da cuando el trabajador deja de acudir a su puesto de trabajo sin comunicárselo a la empresa de ninguna forma. En ese caso, la empresa esperará tres días, que son los que tiene el trabajador para estar enfermo sin comunicarlo, antes de dar por finalizada la relación laboral.

Si el trabajador no comunica a la empresa en ese plazo de tiempo su voluntad de dimitir, pasados unos días la empresa puede llevar a cabo un despido disciplinario, lo que conlleva que no se tiene derecho a ninguna indemnización, pero sí a cobrar el paro. Lo que ocurre es que la empresa puede tardar el tiempo que quiera antes de decidir el despido. Otro inconveniente del despido disciplinario es que cuando se busque otro trabajo pueden pedir referencias a esta empresa, y no serán buenas.

En el caso del despido voluntario, no se tiene derecho a indemnización ni a paro, ya que se trata de un cese voluntario del contrato de trabajo por parte del trabajador. La carta de despido voluntario deberá entregarse a la empresa en el tiempo establecido por convenio; si no existe un tiempo establecido, lo normal es hacerlo quince días antes del cese.

El trabajador que decide no seguir en la empresa tiene derecho a cobrar el finiquito; sin embargo, si no respeta el tiempo establecido para informar, la empresa podrá descontar de su finiquito los días en los que no ha sido avisada. Si con la cantidad del finiquito no es suficiente, podrá reclamar al trabajador el pago de dicha cantidad.

Freno al despido | Abogados de despidos y derecho laboral | Carta de despido voluntario

Según lo que indique el convenio colectivo, se le podrá descontar un día de finiquito por día sin avisar, o incluso dos días.

Cómo redactar una carta de despido voluntario

La carta de despido voluntario también es una forma de deferencia hacia la empresa, una manera de dejar un recuerdo de educación y responsabilidad que servirá para posibles recomendaciones en otras empresas. Habitualmente se indica:

  • Datos de la empresa y del trabajador.
  • Fecha de comunicación de la baja voluntaria.
  • Fecha en que la baja voluntaria se llevará a cabo.
  • Saludo de cortesía en el que se dirigirá al remitente de la carta. Se señalará el puesto de trabajo que ocupa el empleado y su voluntad de cese del contrato.
  • El trabajador no está obligado a comunicar los motivos del cese de la relación laboral. Ocurre lo contrario que en caso de despido, donde la empresa sí está obligada a comunicar, y demostrar en caso de desacuerdo o de despido objetivo, los motivos.
  • Firma y sello de la empresa.
  • Firma del trabajador.

En caso de dudas sobre cuestiones laborales, tanto para trabajadores como para empresas, es aconsejable acudir a abogados laboralistas expertos.

Para cobrar la baja por enfermedad común o accidente no laboral, es necesario estar dado de alta en la Seguridad Social y haber cotizado al menos 180 días en los últimos cinco años. En el caso de baja por enfermedad o accidente laboral, no será necesario haber cotizado, pero sí estar dado de alta.

Se deberá acudir al médico de cabecera, o al de la mutua, para valore si es necesaria la baja. Una vez valorado, extenderá un parte de baja que deberá ser entregado a la persona empleadora dentro de los tres días posteriores. Aunque no se coja la baja, es una muestra de buena voluntad avisar al empleador si una persona no va a ir a trabajar por encontrarse mal un día o dos.

Dependiendo del tiempo de duración de la baja, el doctor expedirá partes de baja cada veintiocho días como mínimo, y deberán hacerse llegar al empleador, por la persona afectada o por una persona autorizada a ello. Cuando llegue el plazo en el que debe pagar el INSS, el empleador deberá hacer llegar la solicitud a la Seguridad Social.

Si tienes dudas acerca de tu trabajo y derechos como empleada o empleado del hogar, consulta con abogados laboralistas expertos.

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